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“Mujer,

años,

dolor

abdominal,

estreñimiento

progresivo

tumor

páncreas”….

Estos 8 vocablos formaban parte de un listado de 22.

Estas 22 palabras aparecían en dos documentos, el autor de uno de ellos acusaba al otro de plagio.

Lector, vuelva a leer las palabras e incorpórelas en una revista especializada en cáncer.

Me dirá que nada tienen de particular, porque para referir a la “Parte ensanchada del aparato digestivo, situada entre el esófago y el intestino, cuyas paredes segregan los fermentos gástricos”  -como así define la RAE al estómago- no vamos a utilizar la definición, si no el sustantivo. ¿Ok?

¿Cómo referirse a un cáncer de páncreas sin utilizar el sustantivo “páncreas”? o ¿cómo referir un malestar punzante  en la zona baja del abdomen sin emplear el sintagma nominal “dolor abdominal?

Está claro que el uso de palabras comunes en un determinado contexto no puede ser constitutivo de plagio.

Es como referir plagio por emplear la palabra “huevos” en una receta de tortilla de patatas.

Nadie puede arrogarse ni la propiedad ni la exclusividad de términos que pertencen al acervo cultural.

Tampoco ningún especialista de un hospital puede arrogarse la propiedad de una historia clínica en la que han participado especilistas de patología anatómica, laboratorio, pruebas diagnósticas, enfermería etc, etc., ¿por qué? porque la historia clínica pertenece a un hospital y en países como Perú, si un médico quiere publicar un caso clínico requiere la autorización expresa de un paciente.

Y ¿por qué les cuento esto?

Porque hace unos meses me llegó este asunto desde Lima.

Un médico había sido denunciado por haber escrito un artículo -junto con cuatro colegas más- abordando un caso clínico de un hospital con autorización de la paciente; fue denunciado por plagio por haber tratado el caso que se había planteado en una reunión de trabajo en el hospital empleando esas 22 palabras del acervo cultural.

¿Qué le parece?