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Recientemente un cliente se ha enfadado conmigo.
– Señora, su informe no responde a mis expectativas.
– Permítame recordarle que usted me solicitó un informe de viabilidad pericial.
– Lo sé, pero no ha concluido lo que yo esperaba.
– Cierto, pero es que no puede ser de otra manera.

Un mal trago para los dos, sin duda.
Pero el cliente exigió profesionalidad y ésta está asociada al rigor, a la metodología, a la objetividad y a la ética personal y profesional.
Y esta objetividad se ciñe a los parámetros de unos requisitos obligatorios -además de consideraciones técnicas- que nos recuerda Martín Ramos en su manual de 1075 páginas, Documentoscopia:

– Debe ser veraz.
– Debe contener información relevante.
– Deben quedar meridianamente expuestos qué fenómenos son inequívocos, cuáles son probables, qué otros son inciertos o imposibles de analizar.
– Debe ser claro.
– No debe ser innecesariamente extenso.
– Debe ser respetuoso con las personas.
– Las conclusiones deben ser muy breves -lacónicas incluso-.

De ahí que un informe de viabilidad pericial sirva al abogado para sopesar la posibilidad o no de tirar adelante un procedimiento judicial, teniendo en cuenta siempre que el juez juzgará el dictamen según su sana crítica y en un contexto concreto.

Este tipo de informes preliminares son útiles porque son orientativos y evitan gastos innecesarios al cliente; al final todos salimos ganando, incluso el perito que se lleva la honestidad como minuta.