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Recientemente analizamos una firma de un Acta de una Junta Extraordinaria de una  comunidad de propietarios.

Supuestamente la presidenta de la comunidad, la Sra. X, aprobaba de esta manera el cambio de empresa de mantenimiento del ascensor, un tipo de asunto que suele plantearse en las juntas ordinarias.

La empresa  afectada reclamó por el incumplimiento del contrato.

La presidenta alegó que ella no había firmado el Acta y acusaba al vicepresidente de la comunidad de haber falsificado su firma.

Éste negó la mayor y para su defensa su abogado contactó con el despacho.

Él no había falsificado nada y en cambio, sospechaba de la Presidenta porque su sobrino trabajaba como comercial de zona de la nueva empresa. Y eso sí que era sospechoso.

La cuestión que se planteaba entonces era si la propia presidenta había amañado la Junta con cuatro amigos del bloque y había autofalsificado su firma.

Analizamos la firma, y efectivamente, con el cotejo de firmas indubitadas de la sospechosa, se detectaron 8 de los 13 rasgos que caracterizan una firma autofalsificada.

Y eran estos:

  1. Presencia de dos particularismos gráficos propios de la firma indubitada: acerado en la barra de la letra te y gancho en la letra ge.
  2. Alteración en el final de la rúbrica.
  3. Alteración en el arranque inicial de la firma.
  4. Presión muy ligera.
  5. Presión desplazada.
  6. Variación en la inclinación.
  7. Paradas anómalas.
  8. Rasgo dispar: ampulosidad en la arcada inicial de la letra eme.

A la vista de estos resultados iniciales, los amigos confesaron los hechos.

A estas alturas no entiendo cómo pudieron creer que iban a meter semejante gol.

Y esto es lo que pasó, Margarita se autodelató como el jugador que marca en propia puerta.